Según un estudio de Informa D&B el 60,8 % de las microempresas paga sus deudas en el periodo pactado pero sólo el 13,3 % de las grandes empresas cumplen con sus compromisos a tiempo.
Si en la cartera de clientes de tu empresa trabajas con muchas multinacionales ¿cómo puedes conseguir mejorar el tiempo de pago de tus clientes?
Para nosotros el luchar contra el retraso de los pagos siempre ha sido una prioridad por lo que hemos desarrollado una estrategia a la hora de firmar un nuevo contrato con nuevos clientes.
Detallo a continuación el procedimiento que seguimos:
- Si contratamos con un cliente de pago periódico – un cliente con facturación mensual – por defecto le obligamos a domiciliar el pago. Si el cliente no está conforme con nuestra política de pagos al menos tendremos la posibilidad de negociar unas mejores condiciones de las que nos hubiera ofrecido en un principio – si la política de pagos de nuestro cliente es a 90 días, al exigirle domiciliación posiblemente rebaje sus pretensiones a un tiempo inferior-.
Si no hemos conseguido que nuestro cliente acepte la domiciliación bancaria y llegamos a un acuerdo en tiempos de pago la mejor forma para que la cumpla es introducir en el contrato la siguiente clausula:
Retrasos en el pago se aplicará la ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales (BOE núm. 314, de 30-12-2004, pp. 42334-42338)
- Si el cliente es un particular y el trabajo es esporádico solicitar como mínimo el 50% del pago antes de comenzar el trabajo y el otro 50 % antes de la entrega del trabajo.
- Si el cliente es una empresa con la que trabajamos por primera vez, lo mejor es solicitarle un 50 % al inicio del trabajo y el resto pactarlo con él aunque siempre lo ideal sería conseguir domiciliación bancaria para el segundo pago. Aquí va a depender del ratio de solvencia de la empresa con la que vayamos a contratar –se suele consultar este tipo de datos en ficheros RAI-.
- Si el cliente nos devuelve un recibo domiciliado, tenemos que informarle inmediatamente de lo ocurrido y proporcionarle un número de cuenta para que realice la transferencia en un plazo de 48-72 horas. Nunca debemos aceptar domiciliar de nuevo el recibo ya que puede ser que nos lo devuelva de nuevo.
- Si el cliente es moroso de dudoso cobro, la mejor forma de cobrar es hablar con él y dividirle la deuda en 12-24 meses y pasarle un recibo mensual. Es muy difícil que alguien se niegue a esta solución a no ser que su pretensión sea la de no pagar
- Si sabemos que el cliente es un moroso definitivo, lo mejor es hablar con una empresa de gestión de cobros y que ellos hagan todos los trámites necesarios para cobrar esa deuda. En nuestra opinión es el caso menos interesante ya que se va a alargar el periodo de cobro y vamos a incurrir en gastos y molestias si no paga en los primeros pasos de la tramitación.
Pd: Puedes seguirme en Twitter : @davidbastida

Me sorprende que haya muchas multinacionales que se dejen domiciliar recibos. Fijar un dia de pago y no aceptar recibos es el ABC para una gestión de tesorería eficaz.
Hola Rafa:
En Babelia Formación nuestros principales clientes son multinacionales que desean dar formación de idiomas a sus empleados.
Del 100 % de clientes conseguimos aproximadamente que un 45 % domicilie. Y el 55% que no ha domiciliado, en la mayoría de los casos, nos ofrece unas mejores condiciones de pago que al resto de sus proveedores al haber empezado la negociación con la forma de pago más beneficiosa para nosotros -domiciliación bancaria diez días fecha factura-.
Te invito a que lo pruebes ya que igual en tu sector no consigues la domiciliación , pero sí una importante reducción en el tiempo de pago.
Si necesitas ver nuetro modelo de contrato no dudes en solicitármelo
Me parece un articulo muy acertado y que voy a intentar ponerlo en práctica en mi empresa. ¿ podrías pasarme el modelo de contrato que utilizas?
¿Cual es tu empresa Mercedes Huete?
Tras leer en tu blog, me gustaria saber cuales son unas buenas condiciones a contratar con el banco, tanto por recibo como por devolucion del mismo.